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Vence el plazo para corregir datos del padrón de las elecciones del BPS de 2026

Este lunes 14 de setiembre cierra la etapa para presentar reclamos o pedir cambios en el padrón preliminar de los comicios obligatorios del Banco de Previsión Social. La nómina de habilitados y los circuitos se publicarán el 22 de setiembre.

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Foto: El País Uruguay
Foto: El País Uruguay

El Banco de Previsión Social estableció este lunes 14 de setiembre de 2026 como fecha límite para que las personas alcanzadas por las elecciones del organismo revisen y corrijan sus datos en el padrón preliminar, según informó El País.

De acuerdo con ese medio, la convocatoria electoral será obligatoria para unas 2,2 millones de personas. El registro provisorio fue confeccionado con la información disponible hasta el 28 de febrero de 2026, por lo que la situación de cada votante se define según su condición laboral o prestacional en esa fecha. Por eso, quienes se jubilaron después de ese día deberán votar en el orden de trabajadores activos.

Los reclamos y solicitudes de corrección permitirán a la Junta Electoral ajustar la información antes de difundir la nómina de habilitados y la asignación de circuitos, prevista para el martes 22 de setiembre.

En la elección se designarán tres representantes para el directorio del BPS: uno por jubilados y pensionistas, otro por trabajadores activos y otro por empresas contribuyentes. El voto será obligatorio para jubilados, pensionistas, trabajadores activos públicos y privados mayores de 18 años al 28 de febrero de 2026, además de empresas contribuyentes registradas y al día con sus obligaciones a esa misma fecha.

Siempre según El País, quedarán exceptuadas de votar las personas mayores de 75 años o con discapacidad. Las empresas unipersonales deberán sufragar por intermedio de sus titulares, mientras que las sociedades y empresas pluripersonales tendrán que designar un mandatario o apoderado.

El medio también señaló que los extranjeros con derecho a voto que no tengan credencial cívica deberán registrarse para integrar el padrón usando su cédula de identidad según el domicilio declarado. Quienes no voten y no justifiquen su ausencia deberán pagar multas: para las personas, la sanción es de una unidad reajustable, equivalente hoy a $ 1.923, y para las empresas va de seis a 20 unidades reajustables, según la cantidad de trabajadores y si designaron o no mandatario, o si este no se presentó a votar.

El BPS prevé causales de justificación como enfermedad, invalidez, fuerza mayor, estar fuera del país o residir en otro departamento, aunque esta última excepción no rige para mandatarios empresariales. Según El País, todavía faltan registrar más de 110.000 mandatarios de empresas.

Fuentes

Sobre esta nota. Redactada por El Notero con asistencia de inteligencia artificial, a partir de lo publicado por el medio citado. El Notero no hizo reporteo propio sobre este hecho.

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