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ESTADOS UNIDOS Un fallo migratorio en Estados Unidos endurece las prórrogas en procesos de deportación

La Junta de Apelaciones de Inmigración fijó criterios más estrictos para frenar audiencias mientras se esperan respuestas sobre visas y otros beneficios. Según Periódico Cubano, la medida puede complicar la situación de cubanos con pedidos familiares en trámite o bajo I-220A.

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Foto de archivo: The White House / Public domain

Una resolución de la Junta de Apelaciones de Inmigración de Estados Unidos endureció las condiciones para suspender procesos de deportación mientras los extranjeros aguardan una respuesta sobre solicitudes migratorias, según informó Periódico Cubano. La decisión alcanza a casos abiertos en tribunales de todo el país, incluidos los de Miami.

De acuerdo con ese medio, el fallo Matter of L. Ramirez, 30 I&N Dec. 157 (BIA 2026), publicado el 16 de octubre de 2026, cambió los criterios que usan los jueces de inmigración para conceder aplazamientos. La resolución dejó sin efecto una disposición de 2012 que favorecía esas solicitudes en casos de peticiones de visa U con posibilidades iniciales de aprobación.

La nueva interpretación establece que no alcanza con tener un trámite pendiente ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos. Según Periódico Cubano, los jueces deberán analizar si hay razones concretas para postergar la audiencia, incluyendo las posibilidades reales de obtener el beneficio migratorio, el impacto de ese trámite en el proceso judicial, el tiempo estimado de espera, las demoras previas y las gestiones realizadas por el solicitante.

La resolución retoma además los criterios de Matter of L-A-B-R-, de 2018, y reafirma que una visa cuya disponibilidad esté muy lejana no es, por sí sola, motivo suficiente para extender el caso.

Entre los posibles perjudicados aparecen ciudadanos cubanos con formulario I-220A y peticiones familiares en curso, aunque el impacto dependerá de cada expediente, señaló Periódico Cubano. El medio agregó que las demoras en varias categorías familiares complican ese panorama.

Según el Boletín de Visas del Departamento de Estado de octubre de 2026, la categoría F2B tiene fecha de prioridad del 22 de agosto de 2019. Para la F3, correspondiente a hijos casados de ciudadanos estadounidenses, la referencia es el 22 de octubre de 2014. En la F4, para hermanos de ciudadanos estadounidenses, la fecha es el 22 de octubre de 2011.

El medio también indicó que los solicitantes de visa U, destinada a víctimas de ciertos delitos que colaboran con las autoridades, pueden enfrentar dificultades por los largos tiempos de espera del programa.

La decisión no modifica de manera directa las solicitudes de residencia presentadas ante USCIS bajo la Ley de Ajuste Cubano cuando se tramitan fuera de los tribunales migratorios. Sin embargo, en los casos ante un juez, será necesario justificar por qué hace falta más tiempo y aportar documentación sobre gestiones realizadas, fechas de prioridad y posibilidades de aprobación.

La resolución, de todos modos, no implica un rechazo automático de todos los pedidos de aplazamiento, ya que cada caso debe ser evaluado en forma individual, según Periódico Cubano.

Fuentes

Sobre esta nota. Redactada por El Notero con asistencia de inteligencia artificial, a partir de lo publicado por el medio citado. El Notero no hizo reporteo propio sobre este hecho.

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