Lunes 21 de septiembre de 2026Lun 21 Sep Edición Paraguay  ·  English
Política de Miami, Paraguay, Argentina, Uruguay y el mundo
← Volver a la portada

Paraguay

Las elecciones municipales llegarán sin observadores nacionales acreditados en Paraguay

El plazo para inscribirse ante el TSJE venció sin solicitudes formalizadas. Analistas plantean una ley que regule la observación electoral, aunque remarcan que eso no puede limitar el control ciudadano previsto en la Constitución.

2 min de lectura

Foto: Última Hora
Foto: Última Hora

Las elecciones municipales del 4 de octubre en Paraguay se realizarán sin observadores nacionales acreditados ante el Tribunal Superior de Justicia Electoral, luego de que el plazo para solicitar esa habilitación venciera el 4 de setiembre sin inscriptos, según informó Última Hora.

De acuerdo con ese medio, el director de Organizaciones Intermedias del TSJE, Nery Velilla, señaló que hubo dos personas interesadas en el trámite, pero no avanzaron porque no cumplían con el requisito de contar con personería jurídica.

Siempre según Última Hora, este escenario coincide con la Resolución N° 77, dictada en mayo de 2026, que exige personería jurídica, detalles sobre el despliegue de la organización durante el proceso electoral, identificación de responsables y un plan de financiamiento, entre otros puntos.

El diario también recordó que en las generales de 2023 las misiones de observación de la Unión Europea y de la Organización de Estados Americanos cuestionaron la exclusión de Decidamos y Alma Cívica como observadores nacionales, después de la incorporación de nuevos requisitos poco antes de los comicios.

Según Última Hora, la Justicia Electoral rechazó la acreditación de Decidamos por considerar que su tarea incluía un cómputo paralelo al oficial, mientras que en el caso de Alma Cívica pesó que Bruno Defelippe, integrante de su consejo directivo, figuraba como candidato a senador.

Los analistas Guzmán Ibarra y Esteban Caballero coincidieron en la necesidad de fortalecer la participación de la sociedad civil como mecanismo de control. Ibarra sostuvo que sería conveniente avanzar en un trabajo conjunto entre el TSJE y las organizaciones, además de debatir una ley en el Congreso. No obstante, advirtió que la falta de una norma específica no debe ser utilizada para restringir el control ciudadano, ya que la Constitución Nacional establece el carácter público y fiscalizado del escrutinio, y el Código Electoral permite a cualquier elector observarlo.

Caballero, por su parte, consideró útil una normativa que ordene la observación del periodo preelectoral, la jornada de votación y la etapa posterior, con el objetivo de contar con observaciones nacionales e internacionales legítimas, certificadas y creíbles.

Última Hora agregó que Ibarra también atribuyó la falta de observadores a un efecto disuasorio de la llamada ley antioenegé, al entender que el aumento de exigencias y costos desalienta la participación de las organizaciones. A eso sumó una merma en la cooperación internacional.

Para los comicios del 4 de octubre, sí está prevista la presencia de observadores internacionales de la Organización de Estados Americanos, la Asociación de Magistradas Electorales de las Américas, la Unión Interamericana de Organismos Electorales y A-WEB, consignó el medio paraguayo.

Fuentes

Sobre esta nota. Redactada por El Notero con asistencia de inteligencia artificial, a partir de lo publicado por el medio citado. El Notero no hizo reporteo propio sobre este hecho.

Más de esta edición