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VENEZUELA La reforma de la ley contra el odio en Venezuela prevé multas y deja al Ejecutivo a cargo de aplicarlas

El proyecto elimina las penas de prisión previstas en la norma vigente y las reemplaza por sanciones económicas o trabajo comunitario. Según El Pitazo, organizaciones como Espacio Público cuestionan que el texto mantiene definiciones ambiguas, conserva mecanismos de censura y no repara a las víctimas.

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Foto de archivo: El Notero

La reforma de la llamada Ley contra el Odio en Venezuela, avalada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, propone quitar las penas de prisión de 10 a 20 años y reemplazarlas por multas y trabajo comunitario para quienes incurran en conductas incluidas en la norma, según informó El Pitazo.

De acuerdo con ese medio, el nuevo texto pasaría a llamarse Ley para la Convivencia Democrática, la Paz y la Convivencia y dejaría en manos del Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz la imposición de multas por promover “discursos de odio, incitación a la guerra, hostigamiento y mensajes con contenido discriminatorio o violento”. Las sanciones económicas irían de 500 a 10.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor fijado por el Banco Central de Venezuela, con un plazo de 30 días para pagarlas. También se contempla trabajo comunitario de 200 a 600 horas.

El Pitazo señaló que la propuesta fue impulsada luego de que Delcy Rodríguez pidiera a la Asamblea Nacional discutir una modificación de la ley aprobada en 2017. Aunque organizaciones de derechos humanos y la Plataforma Unitaria Democrática reclamaron su derogación, el oficialismo avanzó con una reforma.

El proyecto incluye una definición de “mensaje de odio” como toda expresión o manifestación pública que promueva de manera directa y clara la violencia, la discriminación o la persecución violenta contra una persona o grupo por motivos como raza, etnia, religión, origen nacional, género, orientación sexual, identidad de género, condición social, discapacidad o filiación política. A la vez, el texto aclara que no se considerarán dentro de esa categoría las opiniones políticas, el ejercicio de la libertad de expresión ni la labor periodística que no contengan una incitación directa e inequívoca a actos violentos o delictivos.

Espacio Público advirtió, citado por El Pitazo, que la reforma mantiene “graves restricciones a la libertad de expresión y al debido proceso”. La organización cuestionó que el castigo pase al Poder Ejecutivo, que sigan vigentes definiciones imprecisas, que se preserve la censura en plataformas y medios, que continúe abierta la vía penal y que no se contemple reparación para las víctimas.

Según ese análisis, conceptos como “hostigamiento”, “mensaje discriminatorio” y “convivencia democrática” dejan amplio margen de interpretación. Espacio Público también sostuvo que la norma no incorpora criterios como el Plan de Acción de Rabat para diferenciar expresiones legítimas de discursos sancionables.

Además, la organización señaló que las redes sociales deberán retirar contenidos considerados de odio sin orden judicial y que el Estado mantendría la facultad de ordenar la difusión de mensajes. Los medios de comunicación, agregó El Pitazo, quedarían obligados a emitir contenidos contra el odio definidos por el Ejecutivo hasta por 30 minutos semanales, bajo amenaza de multas administrativas.

Espacio Público afirmó que hasta diciembre de 2025 registró 113 casos de criminalización de expresiones legítimas. También documentó 73 detenciones entre el 28 de julio de 2024 y julio de 2025 por el ejercicio de la libertad de expresión e información, de las cuales en 33 se imputaron supuestos delitos de instigación al odio.

La ONG reclamó que la Asamblea Nacional derogue la ley y adopte un régimen transitorio que disponga el sobreseimiento de las causas abiertas, la libertad de las personas procesadas, la extinción de penas y antecedentes, el levantamiento de bloqueos, la revisión de concesiones revocadas y una reparación integral para las víctimas.

Según El Pitazo, el proyecto fue aprobado por una comisión de 11 parlamentarios, 10 de ellos oficialistas, y remitido a la Asamblea Nacional, que luego lo envió al TSJ. Aún no fue tratado en plenaria para su primera discusión.

Fuentes

Sobre esta nota. Redactada por El Notero con asistencia de inteligencia artificial, a partir de lo publicado por el medio citado. El Notero no hizo reporteo propio sobre este hecho.

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