Miami
ESTADOS UNIDOS Estados Unidos ratifica multas migratorias y abre un plazo de 21 días para reclamos ante ICE
La medida alcanza sanciones definitivas tramitadas entre junio de 2025 y octubre de 2026. Según Periódico Cubano, los extranjeros afectados podrán pedir una revisión administrativa si alegan perjuicios por el procedimiento aplicado.
El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos ratificó las multas migratorias definitivas impuestas entre el 27 de junio de 2025 y el 13 de octubre de 2026, en una decisión anunciada el viernes 23 de octubre. Según informó Periódico Cubano, la medida busca confirmar la validez administrativa de sanciones que fueron tramitadas mediante un procedimiento provisional.
De acuerdo con ese medio, los extranjeros alcanzados por estas decisiones, entre ellos cubanos con órdenes de deportación, dispondrán de 21 días para presentar determinadas reclamaciones ante el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE). El documento lleva por nombre Ratification of Civil Penalties y está firmado por el secretario de Seguridad Nacional, Markwayne Mullin. Su publicación en el Registro Federal está prevista para el 26 de octubre.
La ratificación abarca sanciones vinculadas con la permanencia en territorio estadounidense tras una orden definitiva de expulsión, el incumplimiento de una salida voluntaria y algunas infracciones relacionadas con entradas ilegales. Quedan afuera las decisiones anuladas, las que siguen bajo apelación y las que fueron revocadas por vías administrativas.
Según Periódico Cubano, quienes consideren haber sufrido perjuicios por el procedimiento provisional podrán pedir una revisión administrativa, aunque ese mecanismo no funciona como una nueva apelación ni habilita a impugnar la multa solo por desacuerdo. El DHS exige que ICE reciba los reclamos dentro de los 21 días posteriores a la publicación oficial, por lo que si el aviso se publica el 26 de octubre, el vencimiento sería el 16 de noviembre de 2026.
Las presentaciones deberán enviarse por correo electrónico a IFRCivilFinesReview@ice.dhs.gov. En el asunto se debe incluir el nombre completo del sancionado, su fecha de nacimiento y el número de registro de extranjero o número A. También se deben aportar dirección, teléfono, número de seguimiento de la multa y número de factura si corresponde, además de una explicación del perjuicio específico atribuido a las reglas anteriores. ICE podrá descartar los reclamos incompletos.
Periódico Cubano señaló que la decisión cobra especial relevancia para ciudadanos cubanos que atraviesan procesos migratorios y recibieron multas por incumplir órdenes definitivas de salida. Sin embargo, aclaró que tener un formulario I-220A no implica por sí mismo quedar alcanzado por estas sanciones, ya que la aplicación depende de la situación legal de cada caso y de las decisiones incluidas en el expediente.
El medio agregó que las autoridades también deben considerar las circunstancias de quienes no pudieron regresar a Cuba por dificultades documentales o por problemas vinculados con su aceptación en ese país. Esa situación, indicó, no equivale necesariamente a una negativa voluntaria a abandonar Estados Unidos.
Según la publicación, las multas pueden acumular montos elevados con el paso del tiempo, aunque la ratificación administrativa no las convierte automáticamente en sentencias judiciales. También advirtió que el plazo anunciado solo contempla reclamos por posibles perjuicios derivados del procedimiento provisional y no garantiza la eliminación ni la reducción de la deuda.
Fuentes
Sobre esta nota. Redactada por El Notero con asistencia de inteligencia artificial, a partir de lo publicado por el medio citado. El Notero no hizo reporteo propio sobre este hecho.





