Martes 20 de octubre de 2026Mar 20 Oct Edición Paraguay
Política de Miami, Paraguay, Argentina, Uruguay y el mundo
← Volver a la portada

Paraguay

Diputados dio media sanción a la ampliación de la pensión para víctimas colaterales de feminicidio

La iniciativa busca que el acceso al beneficio no dependa del vínculo biológico con el agresor. El proyecto incluye a hijos e hijas de la víctima que hayan dependido económicamente de ella y hayan quedado en situación de vulnerabilidad.

2 min de lectura

Foto de archivo: Harvey Barrison from Massapequa, NY, USA / CC BY-SA 2.0

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad de los 45 presentes un proyecto de ley que modifica la normativa sobre pensión para niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad víctimas colaterales de feminicidio u homicidio de su progenitor en un contexto de violencia familiar, según informó ABC Color. La iniciativa pasó ahora al Senado para su segundo trámite.

La ley vigente prevé una pensión de G. 1.756.155 para hijos, hijas o personas con discapacidad en situación de dependencia, pero exige vínculo sanguíneo directo tanto con la víctima como con el autor del crimen. Con la redacción aprobada, el beneficio también alcanzará a los demás hijos e hijas de la víctima que no tengan vínculo filial con el autor, coautor, instigador o cómplice, siempre que al momento del hecho dependieran económicamente de la víctima y que, como consecuencia del crimen, hayan quedado en situación de vulnerabilidad.

ABC Color señaló que la impulsora del proyecto, Dalia Estigarribia, sostuvo que con la legislación actual un hijo biológico del agresor puede cobrar la pensión, mientras que su hermano por parte de la víctima queda excluido aun cuando haya atravesado el mismo contexto de violencia.

De acuerdo con La Nación Paraguay, durante el tratamiento en el plenario la Comisión de Presupuesto presentó un dictamen de aprobación con cambios a partir de sugerencias técnicas del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia. Ese medio agregó que la propuesta no solo modifica el artículo 1º, sino también el artículo 6º de la Ley Nº 7349/2024.

Según ambos medios, el objetivo es ampliar el alcance de la asistencia económica mensual y evitar que la protección estatal quede condicionada a la consanguinidad con el agresor, una condición que hasta ahora dejaba afuera a hijastros y a otros integrantes del entorno familiar de la víctima.

Fuentes

Sobre esta nota. Redactada por El Notero con asistencia de inteligencia artificial, a partir de lo publicado por el medio citado. El Notero no hizo reporteo propio sobre este hecho.

Más de esta edición