Argentina
Diputados aprobó la ley de propiedad privada y reintrodujo límites a la venta de tierras a extranjeros
La iniciativa avanzó por un margen ajustado en la Cámara baja y, como fue modificada, deberá volver al Senado. Entre los cambios, se restituyó la ley de tierras rurales derogada por el DNU 70/2023.
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada con 124 votos a favor, 119 en contra y seis abstenciones. Como el texto fue modificado respecto de la versión que ya tenía media sanción del Senado, ahora deberá regresar a la Cámara alta para una nueva revisión.
Durante el tratamiento, el oficialismo aceptó reincorporar las restricciones a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. Según consignaron Infobae y Todo Noticias, esa concesión formó parte de la negociación para destrabar la iniciativa y dejó nuevamente vigente la Ley 26.737, sancionada en 2011, al dejar sin efecto la derogación dispuesta por el artículo 154 del DNU 70/2023.
C5N precisó que el capítulo sobre la restitución de la ley de tierras tuvo una votación mucho más amplia que el proyecto en general: 239 votos afirmativos, 4 negativos y 6 abstenciones. Ese medio agregó que el cambio alteró el texto que había salido del Senado, por lo que la aprobación definitiva quedó en manos de la Cámara alta.
La norma también introduce cambios en materia de expropiaciones. Establece condiciones más exigentes para que el Estado avance sobre bienes privados, con declaración de utilidad pública, pago previo de una indemnización a valor de mercado y reconocimiento del lucro cesante. Todo Noticias añadió que el texto incorpora criterios restrictivos para justificar la utilidad pública y prevé actualización de la indemnización por IPC más una tasa de interés nominal activa del Banco Nación desde la mora hasta el pago efectivo.
Otro de los puntos centrales son los desalojos. El proyecto dispone que esos procesos tramiten por juicio sumarísimo y fija, para los casos de alquileres habitacionales con deuda, una intimación previa con un plazo mínimo de 10 días corridos. Si no se regulariza el incumplimiento, el propietario podrá iniciar la acción de desalojo y pedir la restitución del inmueble en un plazo de 10 días hábiles.
Además, se habilita la posibilidad de obtener una desocupación inmediata bajo caución juratoria en casos de falta de pago o vencimiento del contrato. Si luego se comprueba que el propietario ocultó hechos o documentos para conseguirla, podrá recibir una multa de hasta diez veces el alquiler mensual, según detallaron Infobae y Todo Noticias.
En situaciones donde vivan menores, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo, el juez deberá dar intervención a los organismos competentes para procurar una alternativa habitacional transitoria. Según el texto aprobado, eso no frenará el avance del proceso judicial.
Fuentes
Sobre esta nota. Redactada por El Notero con asistencia de inteligencia artificial, a partir de lo publicado por el medio citado. El Notero no hizo reporteo propio sobre este hecho.





